Servicio de Urbanismo y Ordenación del Territorio.

El objetivo principal de la Oficina de Gestión Urbanística y Territorio, Vivienda y Arquitectura es prestar un asesoramiento a los Ayuntamientos y a la población de la forma más cercana y directa, razón por la cual se realiza atención al público en la sede de la Mancomunidad en Calamonte y en los distintos municipios. Otro de los objetivos de la oficina es conseguir una tramitación ágil de los expedientes, buscando siempre soluciones que permitan acortar los plazos, buscando dar un servicio cada día de mayor calidad.

En materia de Gestión Urbanística y Territorio  realiza las funciones de asistencia técnica a los municipios en relación a la gestión, disciplina urbanística y planeamiento. Además se tramitan todo tipo de expedientes relacionados con la materia: licencias de obras, licencias de actividades, expedientes de planeamiento, como modificaciones de Normas Subsidiarias, Planes Parciales y Especiales, Estudios de detalle, tramitación de Programas de Ejecución, expedientes de disciplina urbanística,..

   En materia de Vivienda y Arquitectura  viene trabajando en el asesoramiento de las diversas ayudas que ofrece la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo del Gobierno de Extremadura, y el Ministerio de Vivienda del Gobierno de España, buscando que los ciudadanos de la Mancomunidad puedan conservar y mantener sus viviendas en condiciones dignas, no sólo por la obligación social que tiene la Administración en ese sentido, sino también por el deber de conservación del patrimonio arquitectónico de nuestros municipios.

Las funciones de la Oficina de Gestión Urbanística son las siguientes:

  1. Prestarán asistencia técnica y jurídica a los municipios en materias relacionadas con la ordenación, gestión y disciplina, urbanísticas y territoriales, así como la resolución de cuantas consultas en la materia le fueren formuladas. Todo ello en coordinación con la labor que desarrollen los técnicos municipales que pudieran tener los propios Ayuntamientos.
  2. La Oficina, como medio propio de la mancomunidad, podrá ser encomendada por los municipios, para la tramitación de procedimientos administrativos en las materias señaladas en el párrafo anterior.
  3. Los Municipios integrantes de la Mancomunidad, podrán encomendar a la Oficina la asistencia técnica y jurídica necesaria para la redacción y tramitación de los instrumentos de planeamiento y ejecución que vayan o se estén tramitando en los mismos.

  4. Colaboración, en los términos que se establezcan por la Dirección General competente en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, con los diferentes registros contemplados en la legislación Urbanística. Entre otros :

a)  Con el Registro Administrativo de los Instrumentos de Planeamiento Urbanístico.

b)  Con el Registro de Bienes y Espacios Catalogados.

c)  Con el Registro de Programas de Actuación y de Agrupación Interés Urbanístico.

d)  Con el Registro de Explotación del Patrimonio Público de suelo de la Comunidad Autónoma.

Son funciones de la oficina en materia de Arquitectura, el asesoramiento y control de la accesibilidad en los Municipios y el fomento de la calidad de la edificación.

Los Municipios integrantes de la Mancomunidad, podrán encomendar a la Oficina, en el ámbito de sus competencias profesionales, y siempre y cuando no supere un tercio de la carga de trabajo de la oficina la elaboración de:

  • Informes en materia de licencia urbanística.
  • Memorias valoradas.
  • Informes, y estudio de los edificios y propiedades municipales en el ámbito de sus competencias profesionales.
  • Valoración de inmuebles y fincas.
  • Ejecución de las alineaciones y rasantes in situ sobre el terreno.

Cuantas otras tareas que, en relación con el objeto del presente Convenio, les sean encomendadas previa conformidad de las partes que suscriben.

Las funciones que ejercerá la Oficina en materia de Vivienda serán las siguientes:

  • Actuará como oficina de ventanilla única de vivienda para la información y gestión de las actuaciones establecidas en los planes de vivienda estatal y autonómico.

El personal destinado a este servicio es un Arquitecto, una Arquitecta Técnica, una Asesora Jurídica y un auxiliar administrativo-delineante.